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Departamento para Alquiler en San Nicolas, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACTUALIZACIÓN SEMESTRAL
Excelente Monoambiente 10°Piso, Edificio en esquina, cómoda cocina completa, un living muy amplio con balcón, pasillo distribuidor con 2 placards con 4 cajones, baño completo, agua caliente por termotanque
APTO PROFESIONAL
Caracteristicas:
Luminoso
Agua Caliente de termotanque Calefacción Central
Baño Completo Balcón con vista abierta C...APACIDAD MAXIMA: PARA 1 O 2 PERSONAS
Detalles de Medidas:
Living: 5,20 x 3,00
Balcón 2,20 x 1,40
Baño: 1,35 x 2,10
Cocina: 1,55 x 3,85
Ubicación:
El departamento se encuentra en el barrio de San Nicolas, situado en la esquina de la calle Montevideo y Av. Córdoba. Dada su cercanía a la avenida, abundan las paradas de colectivo, entre ellas las lineas 5, 6, 10, 12, 17, 23, 24, 26, 29, 37, 39, 59, 60, 75, 99, 101, 102, 106, 108, 109, 111, 115, 124, 132, 140, 150, 152, 180. Cabe recalcar que tambien comparte cercanía a la Estacion de Subte Linea D
Condiciones:
-Plazo de locación 2 años
-Actualización SEMESTRAL con ICL
-2 meses depósito en garantía.
Requisitos: -Ingresos comprobables de aproximadamente 3 veces el monto del alquiler .
AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas y/o gastos comunes, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de las facturas, títulos y planos legales del inmueble. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas con carácter previo a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales de confianza las copias necesarias de la documentación que corresponda. En caso de venta, la misma quedará supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general Nº 2371 de la AFIP (pedido de COTI).
Ley 2340 art 10 inc 8 Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
Propiedad según Ley 5115 La accesibilidad para las personas con discapacidades físicas. Accesible.