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* C.A.B.A. - LEY 5859 – ART. 4: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.
* Las medidas indicadas son aproximadas, y a sólo efecto orientativo. Las medidas reales surgirán del Título de propiedad respectivo.
* El valor de las expensas puede estar sujeto a evaluación y/o ajustes.
* Fotos no contractuales.
Características interiores
Cocina amoblada
Agua Corriente
Estado de conservación: Bueno
Características exteriores
Servicio de mucama
Localización: Saladillo, Buenos Aires (fuera de GBA)