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VENTA TERRENO VILLA ORTUZAR / VIRREY AVILES AL 3600
Actualmente Construido: Planta Baja: LOCAL al frente con entrada independiente + PH Con Cochera de 3 ambientes con patio + quincho. Planta Alta: PH con entrada independiente de 5 ambientes + jardín con quincho y parrilla + Terraza.
Frente 8,66 m x Fondo 28,18 m Superficie de parcela 244m2 Superficie construible 1537,59m2 (Se computa subsuelo, apto cocheras) Superficie vendible 1076,46m2 (su...p. útil 1021,49 m2 100 % + sup. semicubierta 96,64 50 % + sup. descubierta 66,46 m2 al 10 %. Se computa subsuelo, apto cocheras). Abona Plusvalía al 10/09/2022 - variable según UVA-: 48.303u$d (dólar a 274u$d).
Según Código Urbanístico (Código Actual) PB + 5° pisos + 2 retiros habitables Sup. Computable para Plusvalía: 1053,49m2
Según Código de Planeamiento Urbano (Código Anterior) R2bI FOT 1,6 Sup. Computable para Plusvalía: 390,40m2
U.S.A.M. – Unidad de Sustentabilidad de Altura Media La edificabilidad se corresponde con una altura máxima de 17,20mts y con una altura de planta baja mínima de 3mts, la cual no puede tener una cota inferior a cero en los primeros 8mts contados desde la L.O. (línea oficial) con excepción de rampas vehiculares y escaleras. El área edificable se encuentra limitada por la L.O. y la L.F.I. (línea de frente interna) Art. 6.2.4 del CU. Por sobre la altura máxima se puede construir un nivel retirado mínimo a 2mts de la L.O. y sin superar los 3mts de alto. Por encima de dicho nivel, se puede construir otro nivel retirándose 4mts de la L.O. y de la L.F.I. sin sobrepasar un plano límite de 7mts desde la altura máxima. El plano límite se encuentra respecto del nivel de vereda a 24,20mts y sobre ese nivel se puede edificar un volumen de 2,50mts destinado solo a servicios.
Se encuentra lindero a un edificio consolidado (parcela 19), esto quiere decir que la nueva construcción debe ser coincidente con la del edificio lindero en 2/3, equiparando los niveles de techos, terrazas, fachadas y cada uno de sus retiros, sin perjuicio del cumplimiento de las dimensiones del Espacio Urbano exigibles (art. 6.5.5. del CU). Del otro lindero deberá responder a las dimensiones correspondientes a la Unidad de Edificabilidad según CU (U.S.A.M.).
Este lote NO posee afectación de Riesgo Hídrico, pudiendo el Consejo autorizar hundimiento del nivel de planta baja (ver art. 6.6.1. del C.U.) y también la construcción de subsuelos (art. 6.4.3.3 y art. 6.6 del C.U.). Siempre cumpliendo con las medidas de mitigación necesarias indicadas en el art. 7.2.8.3. del CU y con las normas del Código de Edificación.
Usos de Suelo - Área de Baja Mixtura de Uso de Suelo 2: Corresponde a las áreas y corredores destinados a residencia, servicios y comercios de mediana afluencia (ver art. 3.2.2. del CU).
El edificio lindero consolidado se encuentra materializado con Retiro de Frente, por lo que la nueva construcción debe respetar el retiro de la L.O. del lindero existente, retirándose de la L.D.P. como mínimo 1,5mts desde la L.D.P., sin dejar medianeras expuestas. Además posee una línea de edificación de fondo que sobrepase la L.F.I. por lo que la compensación puede desarrollarse adosándose a dicha construcción existente desde la L.D.P. del edificio consolidado hasta no menos de 3mts de la otra L.D.P. Se deberá tener en cuenta, en un futuro proyecto, la viabilidad de construcción ya que el volumen resultante es meramente esquemático y orientativo.
Cálculo de superficies Para el cálculo de los espacios comunes se tuvo en cuenta una superficie aproximada de las salas técnicas, de los espacios para bicicletas (art. 3.8.8.7 del C.E.) y del núcleo circulatorio vertical y horizontal. Por tal motivo, es que los m2 y dimensiones indicadas en el presente informe pueden variar acorde al proyecto definitivo, su destino y la definición final del Organismo/Ente correspondiente. Se computa Subsuelo.
A partir del nuevo Código Urbanístico este lote aumenta su capacidad constructiva respecto a la carpa construible que permitía el Código Urbano anterior. Por lo que se considera que este terreno debe abonar Plusvalía. Se debe tener en cuenta que el cálculo de Plusvalía es estimativo al día de la fecha indicada, ya que el valor UVA varia día a día, al igual que el valor del dólar. Además las superficies y medidas arrojadas en el presente informe pueden variar con el proyecto ejecutivo que se realice a futuro en la parcela en estudio. Aclaración: dependiendo del tipo de obra actualmente existen incentivos en las presentaciones municipales, es decir, porcentajes de descuentos en el pago de la Plusvalía, de los Residuos Áridos y de los Derechos de Construcción (Ley 6323), igualmente los mismos deberán consultarse al momento del Registro de la obra con el Ente/Organismo correspondiente.
DISPONIBLE ESTUDIO DE PREFACTIBILIDAD 2022. SE ACEPTARIAN METROS CUADRADOS ESCRITURABLES EN CABA EN PARTE DE PAGO.
Corredor interviniente CABA y PBA : Juan Pablo Sanguinetti CMCPSI 6449 - CUCICBA 6630
La tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley CABA 2340, la ley provincial 10.973 y sus modif. y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red Keller Williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliariosque no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.